Primera solicitud de licencia de armas B

Solicitud y aportación de la documentación necesaria para la obtención de la licencia de armas B, que habilita para la tenencia y uso de armas de fuego cortas por particulares.

POR FAVOR, LEA DETENIDAMENTE LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:

Procedimiento para solicitar licencia de armas B (armas de fuego cortas de particulares) por primera vez o cuando la licencia ya ha caducado.

Durante la solicitud que va usted a iniciar se le requerirá que adjunte su firma digitalizada para su posterior inserción en la tarjeta física de la licencia o autorización de armas. Para ello deberá cumplimentar previamente este documento.

Dentro de este mismo procedimiento podrá pagar la tasa por transferencia bancaria o tarjeta de crédito (siempre que su entidad esté adherida a los correspondientes convenios con la AEAT de pago de tasas con cargo en cuenta o mediante tarjeta), sin necesidad de cumplimentar físicamente y adjuntar un modelo 790.

 

Para más información, puede consultar la página web oficial de la Guardia Civil (Armas y Explosivos).